En la Herramienta en Excel de ABM
Clientes se marca el
casillero “Exento IIBB” en SI y colocar la fecha de vencimiento (sin
modificar la inscripción original del cliente ni plan de impuesto)
También en el ABM
Clientes de SolucionesERP se puede hacer lo mismo tildando el casillero “Certificado de exención
IIBB”
Al momento de
facturar al cliente, si la fecha de exención de IIBB no ha vencido, (en el
ejemplo vence el 31/12/2016) al cliente no se le calculan las percepciones, se
toma como un cliente Exento
Pasada le fecha
de vencimiento del cliente (en el ejemplo le colocamos que la Exención vencía
el 31/05/2016), automáticamente al momento de facturar al cliente se le vuelve
a calcular las percepciones de IIBB según el tipo de inscripción original del
cliente, sin haber modificado nada previamente en SolucionesERP.
En el caso de que el cliente les vuelva a presentar una exención deberán
corregir la fecha de vencimiento en el cliente para que el TPV lo tome
nuevamente como exento.






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